La Corte Constitucional de Colombia aprobó la despenalización del aborto en el país hasta la semana 24 de gestación, luego de deliberar ayer lunes, confirmó el tribunal.
De este modo, Colombia se convierte en uno de los países de Latinoamérica en avanzar en los derechos sobre la interrupción voluntaria del embarazo, y se une así a Argentina, Cuba y Uruguay, entre otros, donde también es legal y empata con el límite de tiempo.
El siguiente paso será la legislación sobre el tema, es decir, los lineamientos y mecanismos para hacer efectiva la interrupción. Colombia elegirá nuevos congresistas el 13 de marzo y presidente el 29 de mayo próximo. No será la primera vez que el Poder Legislativo debata el aborto. En años anteriores lo han hecho sin éxito.
En este sentido, la Corte exhorta al Congreso y al gobierno federal para que “formulen e implementen una política pública integral” que evite los “amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes”.
Los colectivos feministas pro aborto celebraron el fallo de la Corte y ondearon los pañuelos verdes a las afueras del tribunal; se trata, dijeron, de una decisión histórica.
“Significa el reconocimiento de nuestra libertad y nuestra autonomía, pero no pararemos hasta conseguirla completamente”, dijo a The Associated Press, Luz Ángela Gómez, profesora universitaria de 39 años.
De acuerdo con el diario colombiano El Tiempo, la decisión de la Corte implica que en el país haya un modelo mixto para realizar una interrupción voluntaria del embarazo (IVE): será libre y legal hasta los seis meses de gestación. Y, tras ese periodo, seguirán vigentes las causales que regían desde 2006, que permiten hacer un aborto legal cuando el embarazo es un riesgo para la salud física o mental de la mujer, abuso sexual y malformación del feto incompatible con la vida.
El fallo del máximo tribunal para despenalizar el aborto hasta la semana 24 tiene que ver con que este es el tiempo, “según expertos para que el bebé pueda subsistir independientemente de la madre”.
De aprobarse una política pública, la Corte emitió los requisitos que ésta debe considerar y/o contener, como son la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en la sentencia.
Así como la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación, el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para las personas.
Además de medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras.
Según el rotativo, el magistrado Antonio José Lizarazo fue quien presentó la ponencia inicial en la que señala que el Estado debe remover los obstáculos que impiden el acceso a los servicios necesarios para que las mujeres gocen de salud reproductiva, como la IVE.
En un documento de 192 páginas, argumentó que el delito de aborto vulnera la libertad de conciencia de las mujeres sobre la decisión de procrear o de no hacerlo, asunto que es “personalísimo, individual e intransferible, que corresponde con una de las dimensiones de los derechos reproductivos” y que “está prohibido intervenir al Estado” sobre ello.
El escenario sobre el aborto en América Latina es variado. La interrupción del embarazo es legal en Argentina, con máximo de 14 semanas; Cuba y Uruguay, 12, y Guyana en 8. Perú, Costa Rica, Bahamas, Granada, Trinidad y Tobago y San Cristóbal y Nieves permiten el aborto sólo para preservar la salud de la mujer.
En ese grupo están Colombia, Bolivia y Santa Lucía, que incluyen salud mental, violación e incesto y deterioro fetal y de la mujer, y Ecuador para preservar la salud de la mujer y otros motivos. Belice, Barbados y San Vicente y Las Granadinas lo autorizan por la salud de la madre o del feto, violación e incesto y factores socioeconómicos y culturales.
México está en una categoría en la que es ilegal excepto por salvar a la mujer, violación y deterioro fetal y con variantes por estados. A ese rango se suman Panamá, por salud de la mujer, violación y deterioro fetal y con autorización o notificación de los padres, y Brasil, por salud de la madre y violación.